Ventajas Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Es el contrato más ventajoso para las empresas.
VENTAJAS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
El contrato para la formación y el aprendizaje es el contrato más beneficioso para la empresa y el que aporta más ventajas.
Además es el único contrato bonificado y sin límite.
Sin costes en Seguridad Social
Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores.) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.
Financiación al 100% de la formación
Los estudios vinculados a este contrato no tienen ningún tipo de coste para la empresa.
Bonificación de hasta 1.800€
Esta bonificación consiste en una reducción de 1.500€ durante 3 años al convertir un contrato en indefinido, 1.800€ si es mujer.
Bonificación añadida por tutorización
Se trata de una bonificación en concepto de costes de tutorización de la empresa, esta se trata de una cantidad mensual de 60€-80€, que variará en función del volumen de plantilla que tenga la empresa (máximo de 1.5€ /hora alumno, con un máximo de 40h mes).
Formación oficial
La formación que recibe el trabajador es de Certificado de Profesionalidad, modalidad formativa con un nivel académico similar a FP, reconocida por el SEPE y Comunidades Autónomas, con validez a nivel europeo.
No hay límite de contratos
La empresa podrá realizar tantos contratos como desee pues no existen limitaciones en el número de contratos de formación llevados a cabo.
Ayuda al plan de desarrollo de empleo juvenil
Este tipo de contrato ayuda directamente al plan de desarrollo de empleo juvenil, reduciendo la tasa de desempleo de jóvenes mayores de 16 y menores de 25 años.
Obtención de empleados cualificados
Convirtiéndose esto en una de las ventajas competitivas y valor añadido que puede llegar a tener una empresa.
Con prestación por desempleo
El trabajador percibirá prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
No exigen mantenimiento de plantilla
Esta modalidad de contrato NO exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación
No exige devolución de las cantidades aplicadas
En caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando el empresario respete las obligaciones del contrato.
Ventajas para el autónomo
El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones. Con la peculiaridad de no tener derecho a desempleo si convive con él.
Centro acreditado en Teleformación por el SEPE con Nº 8000001582