LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

Con la aprobación del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio,  se lleva a cabo una actualización y adaptación, a consecuencia de la constante digitalización, del Sistema Arbitral de Consumo.

Dicha normativa viene deribada de una serie de cambios en los hábitos de consumo, que junto a la globalización de los mercados, ha sido necesaria llevar a cabo dicha revision y modernización del marco normativo.

El RD 713/2024  continua con los principios fundamentales contemplados en la normativa anterior, pero introduciendo algunas mejoras significativas para porder adaptarlo lo mejor posible a las nuevas realidades del mercado y fortalecer la confianza de los consumidores en el sistema arbitral.

Uno de los aspectos más relevantes es la actualización de la organización del Sistema Arbitral de Consumo ya que amplía y refuerza significativamente esta estructura para asegurar un funcionamiento más eficiente y transparente del sistema.

A consecuencia de la ampliación de competencias se crean las Juntas Arbitrales de Consumo, gracias a la creación de la Comisión de Juntas y el Consejo del Sistema Arbitral de Consumo se logra una mejor gestión y coordinación entre los diferentes organos de todo el territorio nacional.

No solo es, si no que el legislador ha sido consciente de la importancia del tratamiento de datos personales de los consumidores y así lo ha reflejado en la disposición adicional única, estableciendo que el tratamiento de los datos personales recogidos en el marco del procedimiento arbitral debe realizarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos o RGPD, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, para así asegurarse que los datos personales de los consumidores y empresarios sean tratados de manera segura y confidencial,  garantizando su privacidad y evitando posibles abusos o malentendidos de dicha infromación.

En definitiva, el Real Decreto 713/2024 contempla cambios y mejoras significativas en el Sistema Arbitral de Consumo, con el fin de adaptar la normativa a las nuevas realidades económicas y sociales, y así, fortalecer la protección de los derechos de los consumidores. Todo ello es posible, debido a la inclusión de los representantes de consumidores, empresarios y la administración pública, en la creación de los nuevos órganos, anteriormente nombrados, permitiendo que sean representados todos los intereses involucrados, logrando un sistema arbitral equilibrado y proporcional.

 

 

Por otra parte, se espera que durante el primer semestre de 2025 el CEPD publique una Guía de aplicación general sobre la validez del consentimiento en modelos “pay or okay”.

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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NOVEDADES SOBRE LA GUÍA DE COOKIES DE MAYO DE 2024

NOVEDADES SOBRE LA GUÍA DE COOKIES DE MAYO DE 2024

Con la actualización de la guía de cookies de julio de 2023 una de las cuestiones más polémicas era la posibilidad de establecer mecanismos de pago por si no quería el usuario aceptar el uso de cookies o lo que es lo mismo rechazarlas.

 

La guía emitida por la AEPD en mayo de 2024 viene a matizar dicha cuestión con las directrices de la Comisión Europea de Protección de Datos, en adelante CEPD.

Para que el consentimiento se considere que se ha otorgado libremente, el acceso a los servicios y funcionalidades no puede depender de a la aceptación por el usuario/a del uso de cookies, evitando así los denominados “muros de cookies.

Para evitar la expulsión del sitio web, existen determinados supuestos en los que el rechazo de la utilización de cookies impida el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe al usuario/a de forma adecuada y se ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies, aquí es donde viene problemática.

La CEPD en la Directriz 05/2020 se pronunció sobre el consentimiento y las alternativas a su no aceptación, concluyendo que las opciones otorgadas deberán ser equivalentes, no siendo válido que el servicio equivalente lo ofrezca una entidad ajena al editor.

Sobre la gratuidad o no sobre el acceso, existe un modelo, conocido como “pay or okay”, “consentimiento o remuneración” sobre la publicidad comportamental, que actualmente es empleado por grandes plataformas en línea.

Este modelo consiste en si el usuario/a quiere acceder al sitio web de forma gratuita debe de aceptar el uso de cookies, en caso de querer acceder y no otorgar el consentimiento, debe de pagar o registrarse, como en el ejemplo mostrado a continuación:

En dicho ejemplo, te permite no aceptar las cookies comportamentales a cambio del registro en su web.

En el caso de que los responsables del tratamiento open por el modelo de Pay or Okey, al no quedar totalmente claro, el CEPD, a través del Dictamen 8/2024, intenta aclarar un poco más la problemática del modelo, especificando que afecta exclusivamente a la oferta por parte de las grandes plataformas en línea de acceso al servicio sin publicidad comportamental mediante el pago de una tarifa.

El mencionado Dictamen establece que, en la mayor parte de los casos, no será posible que las grandes plataformas en línea cumplan los requisitos para entender que el consentimiento ha sido válidamente otorgado por las personas interesadas si aquellas solo ofrecen una elección binaria entre el consentimiento para el tratamiento de datos personales con fines de publicidad comportamental y el pago de una tarifa que evite dichos tratamientos de datos personales.

No solo eso, sino que además añade que la oferta de únicamente una alternativa de pago al servicio, que incluya el tratamiento con fines de publicidad comportamental, no debe ser el camino por defecto, debiendo de considerar la posibilidad de proporcionar a las personas interesadas una “alternativa equivalenteque no implique el pago de una tarifa.

Por otra parte, se espera que durante el primer semestre de 2025 el CEPD publique una Guía de aplicación general sobre la validez del consentimiento en modelos “pay or okay”.

Desde Grupo Data, te informamos sobre las novedades en la materia para que estés al corriente en todo momento, si desea más información, llámanos al 927 600 000 o a través del formulario de contacto de nuestra web.

 

Publicado el 28 de Junio de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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OBLIGACIÓN DEL CERTIFICADO EN EL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD

OBLIGACIÓN DEL CERTIFICADO EN EL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD

Desde el pasado 5 de mayo de 2024 inicia la obligatoriedad de disponer el certificado en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). A partir de dicha fecha, será necesario para garantizar de que cualquier empresa cumple con los requisitos de seguridad requeridos y así poder presentarse a concursos y licitaciones públicas.

ENS, consiste en la aplicación de un marco común, formado por un conjunto de principios básicos, requisitos y medidas de seguridad para así conseguir una protección adecuada de la información tratada y los servicios prestados y asegurar el acceso, la confidencialidad, la integridad, la trazabilidad, la autenticidad, la disponibilidad y la conservación de los datos.

 

¿Por qué es importante la adecuación al ENS?

No es solo porque surge de una obligación legal, si no que, la implantación de un estándar de seguridad reconocido nos permitirá establecer mecanismos para la prevención, detección y respuesta ante incidentes de seguridad, fomentar la mejora continua de la seguridad de la información y ofrecer un valor diferencial respecto a otros proveedores, proporcionándonos una ventaja competitiva.

No solo eso, si no que tener el certificado de ENS es un requisito necesario para contratar con el sector público.

 

¿Quién tiene la obligación de cumplir con el ENS?

  • Todo el sector público.
  • Aquellos sistemas que manejan información clasificada.
  • Entidades del sector privado que presten servicios o soluciones al sector público, así como también a su cadena de suministro.
  • Empresas identificadas como operadores de servicios esenciales, de acuerdo al ámbito de aplicación y requisitos de la directiva NIS2.

 

Objetivos del ENS.

  • Crear las condiciones necesarias de seguridad en el uso de los medios electrónicos.
  • Promover la gestión continuada de la seguridad.
  • Promover la prevención, detección y corrección, para una mejor resiliencia en el escenario de ciberamenazas y ciberataques.
  • Promover un tratamiento homogéneo de la seguridad que facilite la cooperación en la prestación de servicios públicos digitales cuando participan diversas entidades.
  • Servir de modelo de buenas prácticas

Es por ello que, desde Grupo Data, te ayudamos a establecer y desarrollar los principios básicos y requisitos mínimos necesarios para dar una adecuada protección a los sistemas de información y así lograr la confidencialidad, integridad, trazabilidad, autenticidad y disponibilidad de datos e información en entornos digitales o electrónicos.

 

Publicado el 31 de Mayo de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LA IMPORTANCIA DE LA PRIVACIDAD EN LOS NAVEGADORES

LA IMPORTANCIA DE LA PRIVACIDAD EN LOS NAVEGADORES

Como todos sabemos, los datos son el petróleo de siglo XXI, y a la hora de navegar por internet debemos tener en cuenta la privacidad que nos ofrece nuestro navegador de confianza.

Uno de los aspectos fundamentales en el mundo digital es proteger la privacidad del usuario. Garantizar este derecho tiene su complejidad y más en internet. Unos de los factores claves es emplear herramientas idóneas, como pueden ser los navegadores o motores de búsqueda, que refuercen la protección del usuario garantizando así su privacidad.

 

El uso de navegadores que priorizan la privacidad de los/as usuarios/as.

A la hora de navegar por Internet, debemos ser conscientes de que estamos expuestos a que nuestra información sea utilizada sin que seamos conscientes de ello. Por lo tanto, es fundamental el empleo de un navegador web que respete y garantice nuestra privacidad, ofreciéndonos medidas en este sentido.

Un ejemplo de navegador que, según Instituto Nacional de Ciberseguridad INCIBE, podremos usar para navegar con algo más de tranquilidad es “Brave” ya que ofrece una navegación más privada gracias a sus diversas funciones como el bloqueo de anuncios, rastreadores, ejecuciones de códigos malicioso y las cookies.

 

El empleo de buscadores que incremente la privacidad en las búsquedas.

Lo fundamental es disponer de un motor de búsqueda privado que respete y garantice que la información no se rastrea ni almacene. El motor de búsqueda debe de mostrar resultados objetivos y no influenciados por el posicionamiento web.

Ejemplo de motor de búsqueda que cumple con lo mencionado anteriormente, según INCIBE, es DuckDuckGo, que, a pesar de almacenar el historial de búsquedas, no guarda información como tu ubicación o la dirección IP.

 

La importancia de usar una conexión VPN.

Una VPN, también conocida como red privada virtual, se caracteriza por crear conexiones de red privada entre dispositivos a través de Internet. Las VPN se usan para transmitir datos de forma segura y anónima a través de redes públicas.

Dicha herramienta de ciberseguridad, protege la conexión Internet cifrando la información para así garantizar dichos datos, evitando que caigan en malas manos ya que la información no podrá ser descifrada, asegundaste así, de que la información no será modificada en el trayecto si necesitas intercambiar información de manera más segura.

 

El uso de extensiones de los navegadores web.

Para reforzar la seguridad de tu navegador es recomendable el empleo de extensiones que complementen al mismo:

  • Bloqueadores de anuncios, esta extensión permite eliminar los anuncios que aparecen en las páginas web que visitemos, ya que a veces pueden llegar a ser molestos, intrusivos y potencialmente peligrosos.
  • Como hemos comentado anteriormente, las extensiones de VPN.
  • Bloqueadores de código, te permiten controlar qué scripts se ejecutan en las webs que accedemos, no puede ayudar a mejorar la funcionalidad de una página, pero cuidado ya que también pueden ralentizar, consumir recursos o comprometer tu privacidad.
  • Gestores de contraseñas, esta herramienta se encuentra diseñada para crear, recordar y gestionar tus contraseñas de forma segura.

Además de las extensiones comentadas, una forma de proteger tu privacidad es el empleo de extensiones que ayudan a controlar la información personal, ya que permiten bloquear el rastreo, cifrar tus datos, eliminar las cookies y mucho más.

 

Publicado el 26 de Abril de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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NEUROMARKETING, ¿QUÉ ES? CUESTIONES A TENER EN CUENTA

NEUROMARKETING, ¿QUÉ ES? CUESTIONES A TENER EN CUENTA

En nuestro día a día, nos encontramos con un gran número de campañas, imágenes, mensajes y eslóganes publicitarios que intentan atraer la atención del mayor número de personas y conseguir que consuman el producto o servicio en cuestión.

A través de la publicidad, ya sea visual, escrita o auditiva, se pretende atraer al consumidor/a. Una de las técnicas empleadas en la actualidad es el neuromarketing.

 

¿Qué es el Neuromarketing?

Es un método que pretende comprender los comportamientos relacionados con las marcas y el proceso de compra a partir de la actividad neuronal, resumiendo, es la neurociencia aplicada al marketing.

En los métodos tradicionales como las encuestas, no son confiables ya que existen factores que pueden influir en la respuesta, pero en cambio en el cerebro no hay secretos, ejemplo de ello es que el 95% de las decisiones de compa se toman de forma inconsciente y tarda alrededor de 2.5 segundos.

A través del neuromarketing se prende identificar qué áreas del cerebro se activan en los procesos de toma de decisiones de los consumidores/as.

Hay diferentes objetivos de estudio, entre los que destaca:

  • Identificar las reacciones de los/as usuarios/as de aceptación o rechazo en relación a las marcas, el diseño del producto o envase, plataformas online y otro tipo de factores.
  • Anticipar el comportamiento del usuario/a en los procesos de compra.

Esta neurociencia tiene en cuenta indicadores de contenido neurológico, psicológico y fisiológico, que van desde la actividad eléctrica del cerebro hasta el movimiento de los músculos del rostro, sudor, lenguaje corporal y latidos cardíacos.

A la hora de definir tu estrategia de marketing debes de tener en cuenta:

  • La mirada. El empleo de imágenes de personas mirando fijamente al consumidor/a, hace que la atención se retire del anuncio y el foco queda sólo en las imágenes, es por ello, que el neuromarketing recomienda el empleo de imágenes de personas dirigiendo su mirada hacia un punto de interés para que la atención del consumidor/a se vuelve hacia el objetivo de la campaña: el producto.
  • Los colores. El uso de colores influye de forma directa en los sentimientos de los/as clientes, cada color se encuentra relacionado con una emoción, y el empleo de dicha tonalidad determinara el tono de emoción elegido en el anuncio.
  • La velocidad/rapidez. En muchos segmentos el sentimiento de estabilidad es efectivo, en cambio la sensación que más atrae al público es la velocidad/rapidez.
  • Contar historias. Si creas un contexto y una historia en tu campaña publicitaria, el/la consumidor/a se muestra más implicado/a emocionalmente, el empleo de un buen guion puede atraer a un gran público.
  • Los precios. Tenemos interiorizada la estrategia de precios picados, es decir, “mejor poner 5.99 que 6”, en cambio un según un estudio de neuromarketing los números redondeados funcionan mejor a la hora de tomar decisiones emocionales, los precios picados funcionan mejor en las áreas del cerebro lógicas y no emocionales.
  • El empleo de título, ya que es una de las primeras cuestiones que se observa por parte de los/as usuarios/as. Una de las técnicas más empleadas es la modificación de una frase cotidiana hace que nuestro hipocampo se active y capte nuestra atención.
  • El pago. Una de las cuestiones que crea más ansiedad en los/las consumidores/as es la transacción económica, es por ello, que se recomienda el empleo de expresiones que sustituya la palabra compra, por ejemplo “añadir al carrito”.

Y tú, si tuvieras que diseñar tu estrategia de Marketing ¿por cuál factor te decantarías?.

 

Publicado el 22 de Marzo de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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EL REGLAMENTO DE SERVICIOS DIGITALES

EL REGLAMENTO DE SERVICIOS DIGITALES

El Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE tiene la finalidad de regular a los intermediarios y plataformas en línea, como es el caso de mercados en línea, redes sociales, plataformas de intercambio de contenidos, tiendas de aplicaciones y plataformas de viajes y alojamiento en línea.

El objetivo principal del Reglamento de Servicios Digitales es prevenir cualquier tipo de actividad ilegal y nociva en línea y la posible difusión de desinformación, garantizando la seguridad de los usuarios/as, protegiendo los derechos fundamentales y creando un entorno de plataformas en línea justo y abierto.

Desde el 17 de febrero de 2024 dicha norma se aplicará a todas las plataformas, ya que en agosto de 2023 se empezó a aplicar a las plataformas con más de 45 millones de usuarios en la UE.

¿Cuál es el objetivo del Reglamento (UE) 2022/2065 de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales?

El Reglamento de Servicios Digitales protege a los consumidores/as y usuarios/as de internet y sus derechos en línea definiendo un conjunto normativo claro y a su vez favoreciendo la innovación, el crecimiento y la competitividad, y la expansión de las plataformas más pequeñas, pymes y empresas emergentes.

En función del colectivo de referencia el Reglamento tiene una serie de objetivos:

Para los ciudadanos/as supone:

  • Una mayor protección de los derechos fundamentales de los usuarios/as.
  • Más control y posibilidades.
  • Una mayor protección de las personas menores de edad las plataformas en línea.
  • Una menor exposición a contenidos ilícitos.

Para los proveedores de servicios digitales:

  • Mayor seguridad jurídica.
  • Unificar el marco normativo en toda la UE.
  • Puesta en marcha y expansión más fáciles en Europa.

Para las empresas usuarias de servicios digitales:

  • Acceso a los mercados de la UE a través de las plataformas.
  • Igualdad de condiciones frente a los proveedores de contenidos ilícitos.

Para la sociedad en general:

  • Mayor control democrático y supervisión de las plataformas sistémicas.
  • Atenuación de riesgos sistémicos.

La Comisión Europea, junto a las autoridades nacionales, se encargarán de supervisar el cumplimiento de dicha normativa y de hacer cumplir las obligaciones adicionales se contemplan en ella.

 

Publicado el 23 de Febrero de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LAS PLATAFORMAS DE COMPRAVENTA DE SEGUNDA MANO Y LA DIRECTIVA (UE) 2021/514 DEL CONSEJO DE 22 DE MARZO DE 2021

LAS PLATAFORMAS DE COMPRAVENTA DE SEGUNDA MANO Y LA DIRECTIVA (UE) 2021/514 DEL CONSEJO DE 22 DE MARZO DE 2021

Comenzamos el 2024 y el auge de las plataformas de venta de productos de segunda mano y el incremento de ingresos a través de estas en el 2023, ha provocado que dicho sector se encuentre en el punto de mira de Hacienda.

Dicho auge es debido a la subida de precios y la preocupación por la economía circular ha provocado el incremento de usuarios que se decantan por las compras de segunda mano a través de plataformas especializadas.

Existen diferentes sectores que emplean dichas plataformas como el del motor, ha experimentado un crecimiento estimado del 2,5% respecto al cierre de 2022 o el sector de la moda también ha ido creciendo durante los últimos años.

Todas aquellas plataformas, como Vinted, Wallapop, Air Bnb o milanuncios, que permitan a sus usuarios llevar a cabo transacciones de forma directa o indirecta y que conlleve un beneficio económico, a través del arrendamiento de inmuebles, venta de servicios o bienes, tendrán que comunicar a Hacienda los datos de dichas transacciones.

Con la aprobación de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad se establecen nuevas obligaciones, como la obligación a las plataformas de compraventa de artículos de segunda mano de recopilar y comunicar la información de sus clientes a los departamentos de Hacienda de cada país.

¿Qué información deberán facilitar de sus usuarios?

La directiva establece unos parámetros para a tener en cuenta y los cuales establecen el deber de notificación de los datos de los usuarios de la plataforma:

  • Aquellos usuarios que realicen 30 o más operaciones al año.
  • Aquellos que realicen ventas por 2.000 euros o más al año.

El fin de la directiva es determinar si esas operaciones de compraventa realizadas suponen una actividad económica o no, ya que, en caso de serlo, podrían tener la consideración de autónomos y, en consecuencia, tendrían que tributar por las ganancias percibidas.

Es por ello que, desde GRUPO DATA te informamos sobre las diferentes novedades legislativas que puedan afectarte. Para más información 927 600 000 o https://www.grupodata.es/contacto/.

 

Publicado el 26 de Enero de 2024
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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INCREMENTO DE CIBERATAQUES EN ESPAÑA EN 2023

Va a concluir el 2023 y en España ha habido muchos ciberataques. Alguno de los más sonados fueron el del Hospital Clínic y el Ayuntamiento de Sevilla, pero hubo más empresas afectadas por esta modalidad delictiva.

Debido a la digitalización y el avance del internet los últimos años se ha incrementado el número de ciberataques en España. En el año 2022, el Ministerio del Interior ha registrado casi 375.000 ciberdelitos en este país, un 22% más que en 2021. A día de hoy, no hay una cifra exacta, pero todo indica a la actividad de los cibercriminales no ha decrecido.

¿Qué es un ciberdelito?

El ciberdelito o delito informático es todo aquel acto ilegal o ilícito realizado por un/a ciberdelincuente en el espacio digital a través de las redes informáticas y diversos dispositivos electrónicos.

Muchos de estos ciberataques son posibles debido a la falta de concienciación en la materia. Prueba de ello se refleja en la falta de inversiones en seguridad cibernética por parte de las empresas.

Si analizamos los ataques en lo que llevamos de año, la modalidad predominante es la denominada ransomware o secuestro de datos, que consiste en un tipo de programa dañino que restringe el acceso a determinadas partes o archivos del sistema operativo infectado y la persona infractora pide un rescate a cambio de recuperar los datos y así monetizar de forma rápida y contundente su fechoría.

Hay diversas empresas y organismos que han sufrido este tipo de ataques como la Agencia Tributaria, Navantia, la Diputación Foral de Vizcaya, la Aemet o el Ministerio del Interior. Pero no solo empresas u organizaciones son el punto de mira de estas fechorías si no, miles de ciudadanos/as son víctimas de este tipo de ataques.

Consejos para evitar este tipo de ataques

  1. Mantener los software y sistemas actualizados en todo momento, ya que así pueden corregirse fallos o reforzar la seguridad respecto las versiones anteriores.
  2. Usar contraseñas fuertes y únicas, no establecer la misma contraseña para todo y modificarlas de forma periódica.
  3. Habilitar la autenticación de doble factor.
  4. Evitar compartir información personal sensible.
  5. No acceder a enlaces sospechosos ni descargarse archivos adjuntos.
  6. Usar un software de seguridad.
  7. Realizar copias de seguridad regulares.
  8. Intentar estar alerta a las estafas en línea.
  9. Fomentar la cultura de ciberseguridad entre el personal.

Es por ello, que desde Grupo Data os anímanos a implementar medidas en ciberseguridad para prevenir cualquier tipo de ataque, además os dejamos un enlace de interés sobre seguros de ciberseguridad https://www.grupodata.es/la-vulnerabilidad-de-los-datos-en-internet/.

 

Publicado el 29 de Diciembre de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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ORIGEN Y PREVISIÓN DE GASTOS EN EL BLACK FRIDAY 2023

Como cada año, el cuarto viernes del mes de noviembre se celebra el Black Friday, este día tiene origen en Estados Unidos, que posteriormente con la globalización se ha ido extendiendo a lo largo del mundo.

Existen diversas teorías sobre el origen de este ritual consumista:

  • El viernes 24 de septiembre de 1869, cuando dos agentes de bolsa de Wall Street se aliaron con un famoso político de Nueva York para intentar acaparar todo el mercado del oro, pero el plan fracaso, ya que el precio del oro se desplomó y muchos inversores se arruinaron, con lo que la jornada pasaría a ser conocida como «Viernes Negro».
  • Otra teoría es, que, a mediados de la década de 1950, el sábado después de la festividad acción de gracias, iba a tener lugar un partido de fútbol americano entre el ejército y la marina. La ciudad de Filadelfia se colapsó el viernes debido a la avalancha de personas que llegaron para hacer sus compras de Navidad y asistir al día siguiente al encuentro. Ante esta situación, el cuerpo de policía no pudo tomarse el día libre en la víspera del partido debido a que tenían que trabajar largas jornadas de doce horas para controlar a las multitudes que abarrotaban la ciudad, por lo que bautizaron ese día con el nombre de «Viernes Negro». Esta iniciativa fue aprovechada por los comerciantes de la ciudad que empezaron a usar ese término para describir al aluvión de personas que iban hacer sus compras el día después de Acción de Gracias.
  • El periódico The New York Times, usó esta expresión el 19 de noviembre de 1975 para referirse al problema de tráfico que se generó en la ciudad norteamericana a raíz de los descuentos del día posterior a Acción de Gracias.

En España, este día llegó en el año 2012 con la empresa MediaMarkt, esta campaña no tuvo mucho éxito al inicio, pero al año siguiente, grandes empresas como El Corte Inglés o Amazon se sumaron a esta iniciativa consumista. Desde entonces, cada vez son más los comercios y grandes almacenes se han ido uniendo. En 2015 este día estaba ya tan interiorizado que más de dos millones de personas Realizaron compras, gastando una media de casi 300 € en un solo día.

Los dos grandes sectores que arrasan ese día son el tecnológico y el textil que muchas de las empresas para aprovechar la avalancha de compras están ampliando sus ofertas con el denominado PRE-Blackfriday que desde el lunes 20 irán lanzando ofertas.

Por lo tanto, en España personas aprovechan para adelantar las compras navideñas y ahorrar parte del importe debido a los descuentos y se prevé que los/as españoles/as gastarán un 35% más en Black Friday que el año pasado.

Es por ello, que desde GRUPO DATA, te aconsejamos en que tengas en cuenta las siguientes cuestiones para ver si es un buen momento para realizar tus compras navideñas:

  • El derecho de desistimiento o devolución sea ampliado a después de las fiestas navideñas. El plazo establecido por la normativa son 14 días desde la compra, pero las empresas para fomentar las compras navideñas lo amplían hasta que finalicen las fiestas.
  • Ofertas reales, ya que en ocasiones y a días previos del día en cuestión, hay empresas que aprovechan subir el precio de sus productos y así ofrecer falsos descuentos haciendo creer a los/as consumidores/as de que están adquiriendo chollos. Es recomendable ver la evolución del precio de producto para ver si realmente estamos ante un descuento real o no.

 

Publicado el 24 de Noviembre de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LOS MÉTODOS DE ENVÍO EXISTENTES PARA TU NEGOCIO ONLINE

LOS MÉTODOS DE ENVÍO EXISTENTES PARA TU NEGOCIO ONLINE

Las distintas tiendas que desempeñan su actividad a través de internet emplean distintas formas de llevar a cabo el envío, adaptándose así al cliente y ofreciendo la solución más óptima a este.

Existen diferentes tipos de reparto para las tiendas online, esto es fundamental para poder seleccionar la mejor opción y ofrecerle una experiencia de compra de lo más completa al usuario final.

Algunos de los métodos de envío existentes son:

  • Recogida en tienda: esta opción cada vez es más habitual, compra ahora y recógelo cuando puedas. Los/as clientes podrán recoger los productos seleccionados en la tienda dentro del horario comercial.
  • Envíos directos desde la tienda: si tiene una tienda física y capacidad para realizar tus propios envíos puede aprovechar las capacidades de almacenaje y ofrecer envíos desde esta localización.
  • Envíos desde un centro de distribución: esta es la opción más frecuente, la posibilidad de enviar los artículos a un centro de distribución, y este último de encargará hacérselo legar a los/as clientes.
  • Dropshipping: en este caso el/la vendedor/a no maneja las existencias del producto vendido, sino que ejerce de intermediario/a, organizando los envíos directamente desde el productor hasta el cliente.
  • Entregas locales: otorgar la posibilidad de ofrecer entregas locales urgentes, incluso en el mismo día en los códigos postales más cercanos de la sede de la empresa.
  • Tarifa plana: precio único para todos los envíos, sin importar el volumen o el peso.

Para ver cuál es la mejor opción de envío en mi negocio online, la respuesta es sencilla, la que le permita alcanzar el máximo número de clientes al mejor precio.

Como hemos comentado anteriormente, el envío más frecuente es la opción desde un centro de distribución, a continuación, os indicamos algunas de las empresas que dominan el sector:

  • Correos Express. Entidad que se caracteriza por un sistema de entrega flexible enfocado a que los destinatarios conozcan la hora a la que se le entregará su envío y elijan otras opciones de días y horarios.
  • UPS. Siendo uno de los gigantes del sector a nivel mundial. Su servicio de envíos para comercio electrónico cuenta con múltiples posibilidades en función de las necesidades de la empresa.
  • DHL. Otro de los grandes del sector a nivel nacional, también tiene su servicio específico para eCommerce y cuenta con envíos 24/48h en España y Portugal.
  • GLS. Es una de las empresas líder en la modalidad de envíos urgentes a nivel nacional y caracterizados por disponer un ratio muy bajo de daño e incidencias.
  • SEUR.  Es una entidad especialista en logística B2C, ofreciendo servicios de almacenamiento, transporte integrado, picking e información en tiempo real de todo el proceso de envío. Lleva a cabo controles rutinarios de calidad, actualización constante de stock con alarmas de aviso de mínimo de unidades y logística inversa de los productos devueltos.

Es importarte que indistintamente de la opción seleccionada, es fundamental informar al usuario, en los términos y condiciones generales de contratación, que opciones de envío es la empleada y en qué consisten estas. Es por ello, desde GRUPO DATA, te ayudamos a cumplir con lo establecido en la normativa e indicamos que cuestiones debes de tener en cuenta a la hora de llevar a cabo tu negocio online.

 

Publicado el 27 de Octubre de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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