REGISTRO SALARIAL, VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y AUDITORÍA RETRIBUTIVA

REGISTRO SALARIAL, VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y AUDITORÍA RETRIBUTIVA

Normativa Aplicable

  • Estatuto de los Trabajadores.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombre.

REGISTRO SALARIAL

Desde el día 14 de abril del 2021 resulta OBLIGATORIO para TODAS las empresas contar con un registro salarial.

El registro retributivo debe contemplar de forma desglosada el sexo de los empleados, la media aritmética y la mediana de lo percibido por cada uno de estos conceptos en cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Esta información deberá incluir salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

Grupo Data ha desarrollado una herramienta propia que refleja una imagen de la plantilla la cual nos permitirá el análisis, por sexo, de la misma desde diferentes perspectivas.

Nuestra Herramienta:

VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

OBLIGATORIA LA VPT PARA REALIZAR LA AUDITORÍA RETRIBUTIVA

El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella.

Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.

La valoración de puestos de trabajo tiene por objeto realizar una estimación global de todos los factores que concurren o pueden concurrir en un puesto de trabajo, teniendo en cuenta su incidencia y permitiendo la asignación de una puntuación o valor numérico al mismo.

AUDITORÍA SALARIAL

Obligatoria para entidades con más de 50 personas trabajadoras.
Consiste en la realización del diagnóstico de la situación retributiva en la empresa. Dicho diagnostico debe de tener como base:

  • Registro Salarial.
  • Valoración de Puestos de Trabajo.

La vigencia de la misma será la del plan de igualdad del que forma parte, salvo que se determine otra inferior en el mismo.

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