¿QUÉ PRIMAS DE SEGUROS PUEDES DEDUCIRTE EN TU IRPF COMO AUTÓNOMO Y EN QUÉ PROPOCIÓN?
Ya está abierta la campaña para presentar la declaración de la renta correspondiente al año 2021. Hasta el próximo 30 de junio podrás presentar tu declaración.
Por ello, te recordamos que seguros puedes desgravarte y en qué proporción:
1) Seguro médico
En el caso de los seguros médicos (baja laboral, asistencia sanitaria… y todos los relacionados con la salud) puedes desgravarte hasta 500€ anuales, pudiendo incluir a tu cónyuge e hijos con el mismo límite de 500€ por usuario.
2) Seguro de responsabilidad civil
Al contrario que en el caso del seguro médico, hacienda permite al autónomo desgravarse el 100% de la prima, sin ningún limite. Ya sea una RC Profesional o General.
3) Seguros para el empleado
Los seguros de salud, vida o automóvil que tu empleado necesite para desarrollar su labor, también se pueden desgravar.
4) Seguro de hogar
¿Desarrollas la actividad desde casa? Podrás desgravarte la proporción de la prima que resulte afectada de tu seguro de hogar por el desarrollo de la actividad.
5) Seguro de auto
Se podrá desgravar cuando se pueda justificar el uso del vehículo para fines profesionales. Si cuentas con un vehículo a tu nombre, solo se podrá desgravar el 50% de la prima del seguro de coche. Esto es así, porque la Agencia Tributaria considera que ese coche también se usa para fines personales. Al no ser capaz de fijar el porcentaje de tiempo que se dedica a cada tarea, lo divide por la mitad.
Por otro lado, si dispones de más de un coche, podrás desgravar el 100% del vehículo ya que se entiende que uno de ellos se dedica en exclusiva a la actividad profesional.
Para ambos casos, no importan las coberturas contratadas.
6) Multirriesgo comercio/oficina/pyme
Los seguros de daños materiales y personales de tu negocio, se puede desgravar al 100%.
Publicado el 29 de Abril de 2022
Por Luis Fernando Gallego
Departamento de Seguros