DESPERDICIO ALIMENTARIO
El Consejo de Ministros promueve la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, actualmente en trámite parlamentario, y que entrará en vigor en los próximos meses.
La ley tiene por objeto prevenir y reducir las pérdidas y desperdicios de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria. Según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en 2020 en España se desperdician más de 30 millones de kilos de alimentos, es por ello por lo que esta medida pretende acabar con el derroche de alimentos.
Todos los agentes de la cadena (operadores pertenecientes al sector primario, incluyendo cooperativas y demás entidades asociativas, entidades o empresas de elaboración, fabricación o distribución de alimentos, comercios al por menor, empresas del sector de la hostelería o la restauración y otros proveedores de servicios alimentarios, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de distribución de alimentos donados, y las Administraciones públicas) deberán disponer de plan de prevención de pérdidas y desperdicio, a partir del cual hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, determinando medidas para minimizar las pérdidas y destinarlas a otros usos conforme a una jerarquía de prioridades.
Cabe destacar que, una de las medidas de buenas prácticas a desempeñar por los agentes de la cadena alimentaria, es: Formar y sensibilizar a las personas, ya sean sujetas a una relación laboral o de voluntariado, para que actúen de forma activa en la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario e implicarles en esta acción.
En este sentido, es necesaria la formación en dicha materia para conocer la normativa actual y así adquirir mayor conciencia y sensibilización frente al desperdicio alimentario.
Por último, el régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, así como la segunda o ulterior infracción leve que suponga reincidencia en el plazo de dos años.
Desde GRUPO DATA, como entidad especializada en el cumplimiento normativo y formación, nos encontramos a su entera disposición para abordar este proceso de adaptación y asesorarle sobre las cuestiones fundamentales a implementar por la norma.
Publicado el 31 de Marzo de 2023
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada